Los nuevos programas aplican ya a la próxima oposición que se convoque de cada cuerpo. No aplican (¡menos mal!) al segundo ejercicio de notarías que empieza en octubre en Barcelona ni a la que acaba de convocarse a registros.
Cuando hace años empezaron los rumores de un cambio de programa me tranquilizaba pensando que en algún sitio existía la obligación legal o reglamentaria de convocar una oposición con el programa antiguo, algo así como una "última oportunidad para los del programa viejo". Se ve que no existe tal obligación. El artículo 16 del Reglamento Notarial sólo pide que el programa esté publicado en el BOE un año antes de la convocatoria de la oposición. De aquí cabe deducir que no se van a convocar notarías hasta, por lo menos, agosto de 2016 (para empezar en 2017), lo que enlaza con el siguiente punto.
El nuevo programa quizás suponga un retraso en una nueva convocatoria. Puede que, con la mejor voluntad, se conceda un tiempo "extra" a los opositores para que se adapten, ellos y sus temas, a los nuevos epígrafes. En la misma línea van los factores que ya hemos comentado alguna vez, a saber, la última demarcación suprimió notarías vacantes, se habla de aumentar la edad de jubilación y hay menos opositores que en otras convocatorias. Nunca se sabe pero los partidarios de espaciar (¡más!) la convocatoria de oposiciones y/o reducir el número de plazas convocadas tienen argumentos a su favor.
El pesimismo que provoca el párrafo anterior puede contrarrestarse con la voluntad declarada por el DGRN de que se alternen, cada año una, las oposiciones a notarías y registros.
Las gestorías ya han encargado nuevas "ediciones" de los programas en formato papel que irán sustituyendo a los anteriores.
Habrá a quien le parezca una tontería pero el opositor es un animal de costumbres y el programa está destinado a acompañarle durante años a razón de 8 o 10 horas al día. El programa se pintarrajea, se mancha, se descuajeringa y periódicamente se cambia por otro igual, nuevo pero igual. Yo todavía usaba el programa de Paniagua; hay quien plastifica el suyo para que no se le estropee; el tribunal, que podría simplemente dejar las oportunas hojas del BOE, suele dejar en la mesa de examen un programa de cada gestoría, como si fuera una cara conocida para el opositor. En fin, que el cambio de programa físico tiene un componente simbólico.
En cuanto al fondo del asunto, ha habido una aproximación fuerte entre notarías y registros, por lo menos en civil, que ahora tiene los mismos epígrafes en ambos programas. En un primer vistazo se ve que:
- Civil: notarías pasa de 135 a 125; registros pasa de 124 a 125.
- Mercantil: notarías pasa de 59 a 51; registros pasa de 61 a 57.
- Hipotecario: notarías pasa de 70 a 65; registros pasa de 82 a 73.
- Fiscal: notarías pasa de 33 a 35; registros pasa de 49 a 39.
- Notarial: notarías pasa de 40 a 34; registros se mantiene en sus 18.
Hay una cuestión que no se menciona en los programas: cuántos minutos hay que dedicarle a cada tema. Tradicionalmente la distribución de tiempos era ésta:
- Civil: notarías, 18 minutos; registros, 17 minutos.
- Mercantil: notarías, 15 minutos; registros, 8 minutos.
- Hipotecario: notarías, 12 minutos; registros, 17 minutos.
- Fiscal: notarías, 5-6 minutos; registros, 6-7 minutos.
- Notarial: notarías, 5-6 minutos; registros, 2-3 minutos.
Dejo para otro post la comparación, tema a tema, entre el programa de notarías viejo y el nuevo.
Fiscal notarías: de 33 a 35 ��
ResponderEliminarEso es. Corregido.
EliminarMuchas gracias por la info :) ahora toca adaptar temas :s
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