Los últimos rumores hablan de convocar en octubre y empezar en enero. ¿Es posible? Pues, con el RN en la mano y mucha prisa (por ejemplo, asumiendo que lo que se manda al BOE se publica al día siguiente), creo que sí. Pongamos que la resolución convocando oposición se aprueba el 1 de octubre:
01.OCT. Se convoca la oposición.
02.OCT. Se publica la convocatoria de la oposición en el BOE. A partir de aquí, hay 30 días hábiles para la presentación de instancias (art. 8 RN).
06.NOV. Último día para presentar la instancia ("firmar la oposición", como se dice en el argot). No tengo muy claro si el sábado es hábil o no así que he hecho el cálculo conservador. Luego preveo 10 días más para subsanar las faltas (¿días hábiles? El art. 8 RN no lo dice).
Me apuntan que, si el mismo día en que acaba el plazo la DGRN comprueba que no hay ninguna instancia pendiente de subsanar, no habría lugar a contar estos 10 días. Pero se me ocurre que en realidad es imposible que la DGRN lo sepa tan pronto. Cualquier ciudadano puede presentar su instancia el último día en una oficina de Correos (dentro de plazo) y la DGRN no recibiría la carta hasta 3 ó 4 días después. En cualquier caso me parece razonable que pasen unos días desde que acabó el plazo hasta que se apruebe la lista provisional de admitidos y excluidos.16.NOV. Último día para subsanar las faltas.
17.NOV. Aprobación provisional de admitidos y excluidos.
18.NOV. Publicación en el BOE de admitidos y excluidos. Nuevo plazo de 15 días para formular reclamaciones (art. 8 RN).
03.DIC. Termina el plazo para formular reclamaciones.
04.DIC. Resolución que aprueba la lista definitiva.
05.DIC. Publicación en el BOE de la lista definitiva.
09.DIC. Nombramiento del Tribunal o Tribunales (art. 9 RN).
10.DIC. Publicación en el BOE del nombramiento del Tribunal o Tribunales.
11.DIC. La DGRN cita al Tribunal para su constitución, señala lugar, día y hora de sorteo y señala el día y lugar de inicio de los ejercicios (art. 12 RN).
12.DIC. Se publican los acuerdos anteriores en el BOE.
13.DIC. Se constituye el tribunal y se celebra el sorteo. Deben pasar 30 días entre el sorteo y el inicio de los ejercicios (art. 12 RN).
13.ENE. Comienzan los ejercicios, tres meses y medio después de aprobarse la convocatoria de la oposición.
Cualquier comentario, como siempre, bienvenido.
Saludos.
yo también hice ese calculo…pero mínimo yo creo que tendríamos que sumar un mes más…por que en el boe no se va a publicara al día siguiente, entre otras cosas por que no sólo depende de Justicia, aunque bueno, nunca se sabe.
ResponderEliminarY luego entre que terminan el plazo de presentación y sacan la lista provisional necesariamente han de pasar unos días por que mucha gente puede presentarla el ultimo día de plazo en un registro perdido y no informatizado…. por lo que hay que dar unos días de margen para que lleguen todas las instancias a Justicia.
Pero vamos, si quieren y son rápidos en los trámites administrativos febrero finales si sería factible creo yo.
Tu que opinas?? no ya con reglamento en mano, sino con la realidad de otras veces?
Gracias x tus cálculos!!
No tengo datos suficientes para tener mi propia opinión. En las últimas 4 convocatorias ha habido un mínimo de 5 meses entre convocatoria y comienzo de los ejercicios pero el reglamento dice lo que dice...
ResponderEliminarEsperemos que con lo que han tardado en convocar (bueno, técnicamente siguen tardando aunque parece que esté al caer) ahora no les entre la prisa y comiencen los ejercicios en poco más de tres meses...horror!!!!
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