En el Boletín Oficial del País Vasco de ayer lunes 13 de junio de 2016 se publicó la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco.
Mis temas, siguiendo las directrices procedentes de los tribunales ante los que me examiné, se centraban en el derecho estatal. Esto era especialmente acusado en los tema de asociaciones y fundaciones, donde me limitaba a reseñar la existencia de leyes autonómicas, dando algún ejemplo. Precisamente, citaba la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, que ahora ha quedado derogada.
Veo que en el nuevo programa se ha reducido el tiempo dedicado al régimen de las fundaciones; antes se le dedicaba entero el antiguo civil 19 y hoy se estudia en medio civil 17. No parece que haya hueco para alardes pero, en fin, si alguien cree conveniente citar la Ley de Fundaciones del País Vasco, que sea la de 2016.
También se habla de fundaciones en el civil 18 (fundaciones religiosas), mercantil 2 (ejercicio de la actividad mercantil por fundaciones), mercantil 35 (fundaciones bancarias) y notarial 11 (representación de fundaciones), pero creo que todos los epígrafes se pueden completar, y completar bien, con la normativa estatal.
Ánimo.