domingo, 25 de mayo de 2014

Mercantil Tema 31 - programa anterior a 2015

Tema 31. Entidades financieras: bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito y establecimientos financieros de crédito. Su respectivo régimen de constitución. El Banco de España y el Banco Central Europeo. Sociedades de garantía recíproca y de reafianzamiento.

Tema muy difícil de mercantil en el que hay muchos pequeños detallitos y en el que la legislación vigente cambia con frecuencia.

https://docs.google.com/document/d/11feVOOROJwZQiNzYvOHt7vUG46bgUN_poAmapnrGXmk/edit?usp=sharing

Ánimo.

5 comentarios:

  1. No puedo ver el enlace, ¿puedes publicarlo como una entrada normal de blog? gracias. también tengo una duda ¿las EFC se siguen constituyendo como SA por el procedimiento de fundación simultánea, en escritura pública y se inscribe en el RM adquiriendo personalidad?

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    1. El enlace me funciona bien. Puede que sea problema del navegador.

      En cuanto a las EFC, y a falta de previsión específica en la Ley 5/2015, sigue vigente el RD 692/1996, de 26 de abril, por el que se establece el régimen jurídico de los EFC. El artículo 5.1.a) recoge expresamente la forma de S.A. y la fundación simultánea.

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  2. hola, tengo una duda: en el epigrafe sobre las fundaciones bancarias ¿crees que habría que hablar también de las cajas de ahorros? como no hay epigrafe ahora sobre ellas. ¿y sigue vigente el decreto de 1975?

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    1. Creo que conviene mencionar las cajas de ahorros en el epígrafe de fundaciones bancarias desde una perspectiva histórica. Esto de las fundaciones se enmarca en el proceso de "profesionalización" y "reorganización" de las cajas que tuvo lugar a partir de 2010: SIP, fusiones, transformación en fundaciones ordinarias o bancarias... De hecho, cajas y fundaciones bancarias hoy se regulan en la misma Ley 26/2013. Tampoco hay que pedalear mucho sobre esto, que cuando uno cuenta los "antecedentes históricos" en un cante a las 17 horas se corre el riesgo de dormir al tribunal.

      En cuanto al decreto de 1975, formalmente no veo que haya sido derogado pero no creo que ahora se vayan a constituir más cajas ni esto podría hacerse sin cumplir las normas autonómicas (todas tienen su propia regulación). Por tanto, exponer en el epígrafe "Fundaciones bancarias" el régimen de creación de una caja de ahorros según una norma estatal de 1975 me parece alejado (i) del programa, (ii) del Estado Autonómico y (iii) de la realidad.

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