Según la resolución de 28 de noviembre de 2016 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, disponible aquí, la póliza es ahora medio hábil para documentar la transmisión del buque que se llevó a término y para lograr su acceso a la Sección correspondiente del Registro de Bienes Muebles.
No estoy familiarizado con el derecho marítimo pero me imagino que si esto ha llegado a la DGRN es porque no era una cuestión pacífica. En cuanto a los temas, esta resolución tan reciente podrá citarse en el mercantil 49 "la adquisición de la propiedad sobre el buque y la aeronave", notariales 4 y 24, al hablar sobre las pólizas y en el hipotecario 65 sobre el Registro de Bienes Muebles, siempre vigilando el cronómetro.
Ánimo.
viernes, 23 de diciembre de 2016
lunes, 5 de diciembre de 2016
Impacto de los RDL 1, 2, 3 y 4/2016 en los temas
El Real Decreto-ley 1/2016, de 15 de abril, por el que se prorroga el Programa de Activación para el Empleo no ha tenido ningún impacto en los temas. El Real Decreto-ley 2/2016, de 30 de septiembre, por el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público, tampoco.
El Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social, introduce novedades, una de las cuales tiene interés.
Las modificaciones en el Impuesto de Sociedades, #Fiscal12, son de detalle y no cambian el tema. Por cierto, veo ahora que los dos temas que se dedicaban al IS en el programa del 2000 se han comprimido en uno.
Sí es importante la previsión relativa al Impuesto sobre el Patrimonio, #Fiscal9, ya que durante el ejercicio 2007 seguirá siendo exigible. La bonificación del 100 por ciento en la cuota íntegra del impuesto será aplicable a partir del 1 de enero de 2008 (salvo nuevas prórrogas).
Se toca la Ley General Tributaria en cuanto al pago en especie, aplazamiento y fraccionamiento de deudas tributarias, aspectos que no hubieran afectado a mis temas.
El Real Decreto-ley 4/2016, de 2 de diciembre, de medidas urgentes en materia
financiera, no afecta a los temas.
Ánimo.
El Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social, introduce novedades, una de las cuales tiene interés.
Las modificaciones en el Impuesto de Sociedades, #Fiscal12, son de detalle y no cambian el tema. Por cierto, veo ahora que los dos temas que se dedicaban al IS en el programa del 2000 se han comprimido en uno.
Sí es importante la previsión relativa al Impuesto sobre el Patrimonio, #Fiscal9, ya que durante el ejercicio 2007 seguirá siendo exigible. La bonificación del 100 por ciento en la cuota íntegra del impuesto será aplicable a partir del 1 de enero de 2008 (salvo nuevas prórrogas).
Se toca la Ley General Tributaria en cuanto al pago en especie, aplazamiento y fraccionamiento de deudas tributarias, aspectos que no hubieran afectado a mis temas.
El Real Decreto-ley 4/2016, de 2 de diciembre, de medidas urgentes en materia
financiera, no afecta a los temas.
Ánimo.
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