lunes, 30 de mayo de 2016

El notario y el estado civil

En el programa del año 2000 no había un epígrafe específico dedicado al estado civil. En mis temas se hablaba del estado civil en el tema dedicado al Registro Civil ("El Registro Civil: su objeto"). Esto ha cambiado en el programa del 2015 en el que el civil 11 empieza así: "Estado civil. Naturaleza y caracteres".

Comento esto porque acabo de leer una conferencia publicada en El Notario del Siglo XXI, número de marzo y abril de 2016, titulada "La intervención del notario en la configuración del estado civil de las personas", del notario Fernando José Rivero Sánchez-Covisa. Esta conferencia puede ayudar a darle una perspectiva notarial a esos primeros epígrafes del civil 11. Además, algunos supuestos (no todos) proceden de normas recientes y sirven para tener el tema actualizado.

El conferenciante comentó los supuestos que voy a enumerar a continuación; queda al criterio de cada uno incorporar al tema los que crea oportunos. Básicamente, son declaraciones y consentimientos que pueden recogerse en documento público. Conviene advertir, eso sí, que a veces basta el documento privado (por ejemplo, en materia de reproducción asistida) y otras veces es necesario acudir a alguna otra autoridad (por ejemplo, al encargado del registro civil). Allá van:

  • Formalizar matrimonios, separaciones legales y divorcios y, a partir del 30 de junio de 2017, tramitar el acta previa matrimonial.
  • Régimen económico matrimonial pactado en capitulaciones matrimoniales o acreditación por acta de notoriedad.
  • Actas de notoriedad en los expedientes de concesión de nacionalidad española a los sefardíes.
  • Declaraciones relativas a la filiación, no sólo en el Código Civil (artículos 117, 118, 120 y otros) sino también en la Ley 14/2006, de 26 de mayo, de Técnicas de Reproducción Asistida.
  • Asentimientos en materia de adopción (artículo 177 del Código Civil).
  • Acuerdos de los progenitores relativos al orden de los apellidos y declaraciones del interesado respecto a la alteración del orden o su adaptación a la lengua española.
  • Acuerdos relativos al ejercicio de la patria potestad (por ejemplo, artículo 159 del Código Civil), concesión de la emancipación (artículo 317 del Código Civil).
  • Designación de tutores (artículo 223 del Código Civil).
  • Declaraciones relativas a la elección, conservación y modificación de la vecindad civil conforme a la Ley del Registro Civil de 2011 cuando no se exija una declaración expresa ante el encargado del Registro Civil. No obstante, este punto estará pendiente del futuro Reglamento del Registro Civil.
Ánimo.

martes, 3 de mayo de 2016

La perspectiva de un acompañante

Siguiendo lo mencionado de los acompañantes...

Soy uno de ellos, un sufridor, evidentemente en menor escala que el opositor, pero que pasa los nervios como puede y tratándolos de disimular ante el opositor y más aún cuando es tu pareja quien se presenta, que como quien dice tiene el derecho de mandarte lejos en cuanto hagas algo que no le parece bien.

Vivo con mi pareja, un amor de persona que va transformándose a una esquizofrénica según pasan las semanas y se aproxima el examen. Siempre pensé que las semanas previas al examen serian duras y delicadas pero no tanto.

El viaje de 8 horas desde nuestra casa al Colegio Notarial, en este caso de Córdoba a Barcelona, fue en completo silencio, la tensión se podía cortar con un cuchillo, el más mínimo ruido o frenada iba a ser castigada por aquel ogro cubierto de temas y de mirada perdida.

Llegados al Hotel creí que todo se tranquilizaría, pobre iluso… recuerdo que iba caminando como si llevara un chaleco bomba y que en cualquier momento podría estallar. Aguantaa! Aguantaa! Me decía a mí mismo, todo tiene su recompensa.

Era la numero 9 del día siguiente, la típica incertidumbre de si te tocará ese día o será al próximo, recuerdo que se tiró estudiando hasta las 3 de la madrugada, intenté aguantar pero el cansancio me pudo, recuerdo antes de cerrar los ojos ver toda la cama el escritorio el suelo absolutamente todo lleno de temas y despertar 30 min más tarde escuchando llantos..

-Qué te pasa?
-No me acuerdo de nada!!
-Como?? Anda ya… eso son los nervios, estas saturada tu cabeza necesita descansar… ven duérmete.

Lo que toca.. Hacer de psicólogo-amigo y hacerla comprender que el descansar es tan importante como estudiar… y conseguirlo es un mérito.

Al día siguiente no se examinó, así que a aguantar otra noche igual, al final el primer examen lo aprobó con nota, pero en el segundo se salió.

Hemos ido a dos convocatorias, la sensación de suspender, el camino de vuelta, el grado de desilusión, el pensar que hay que empezar de nuevo, que a saber cuándo vuelven a convocar… todo eso solo lo sabe quién ha pasado por ahí, tantas horas, tantas ilusiones, tantos planes flotando que en 1 minutos se van por el retrete y es cuando te haces la pregunta…¿Qué hacemos? Lo dejas o quieres seguir intentándolo?

Como ya se sabe, novia de opositor no es mujer de notario, espero que estos esfuerzos que se hacen por aguantar y mucho al opositor, un futuro próspero se tenga en cuenta y se valore a la persona que fue de tu mano por el aburrido infierno que es esta oposición.

Un saludo

Jesús Fernandez.