domingo, 10 de agosto de 2014

Impacto del Real Decreto-ley 8/2014 en los temas

El Real Decreto Ley 8/2014 modifica hasta 26 leyes pero el impacto en los temas de la oposición es pequeño. He detectado lo siguiente:
  • Tema 21 de civil. Madre mía el Registro Civil, qué pasará y qué misterios habrá. Por ahora sabemos que: 
    • La entrada en vigor de la Ley 20/2011 se ha prorrogado hasta el 15 de julio de 2015. Habrá opositores que piensen que si la Ley 20/2011 no está en vigor no hay que decir nada de ella. Esto me parece un error: (i) el 15 de julio de 2015 todavía habrá gente examinándose del primer ejercicio; (ii) la norma no ha entrado en vigor pero ya está publicada en el BOE. Por cierto, el tribunal de judicaturas sacó un comunicado diciendo que su tema del Registro Civil debe exponerse empleando como hilo conductor la Ley de 1957, haciendo referencia a las novedades más sobresalientes introducidas por la de 2011. Es una oposición distinta, epígrafes distintos y todo lo que quieras pero por ahora me parece la aproximación correcta. A ver cuándo puedo subir mi tema 21 de civil.
    • La llevanza del Registro Civil estará encomendada a los Registradores de la Propiedad y Mercantiles que en cada momento tengan a su cargo las oficinas del Registro Mercantil, por razón de su competencia territorial. Dichas oficinas se denominarán Oficinas del Registro Civil y Mercantil. El RDL 8/2014 anuncia modificaciones en la Ley 20/2011 para ajustar la llevanza del Registro Civil por los Registradores de la Propiedad y Mercantiles.
    • Se reitera el principio de gratuidad: "la prestación del servicio público que constituye el Registro Civil continuará siendo gratuita, sin excepción de ningún tipo".
    • Los aspectos informáticos del "nuevo" Registro Civil dan para mucho cotilleo pero no creo que haya que incluir en el tema las referencias al asunto que recoge el RDL 8/2014.
  • Tema 47 de mercantil, epígrafe relativo a tarjetas. El RDL 8/2014 regula unos límites máximos a las comisiones por uso de las tarjetas de débito o de crédito. Yo no diría nada más y probablemente ni siquiera esto.
  • Tema 59 de mercantil. Se modificó el concepto de aeronave de la Ley de Navegación Aérea, como vimos en la entrada correspondiente.
  • Tema 4 de fiscal. Espero que un día alguien que sepa más que yo me explique cómo se valora el fiscal en esta oposición. En cualquier caso, yo en el tema 4 de fiscal comentaba la curiosidad del caso siguiente: un deudor cuya casa vale 80.000 la cede al banco en pago de su deuda de 100.000 y viene Hacienda y le dice "usted es 20.000 más rico" y le cobra por la ganancia patrimonial. Este efecto ha desaparecido con el RDL 8/2014 pero sólo afecta al tema si antes lo comentabas.
Ánimo.

2 comentarios:

  1. Respecto al tema 21 yo sigo la misma idea q comentas, y creo q es lo más correcto. Digo el hilo conductor del tema antiguo pero voy destacando las novedades de la nueva ley, la llevanza x funcionarios que no sean jueces ( ahora introduciré lo de los registradores), el folio personal, sistema informático.... he quitado por ejemplo la estructura de la ley del 57 para hacer una enumeración de ideas de la ley del 2011; en la pregunta de las secciones soy muy breve y digo que van a desaparecer, lo q me permite contar lo demás.

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  2. Hombre, yo creo que por ahora las secciones tienen cierta importancia. En cuanto tenga el tema delante (en septiembre) miro, al menos, los minutos de cada cosa.

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