El segundo de los dos mercantiles dedicados al seguro (el primero está aquí). Es algo menos amistoso que el tema 53 pero sigue siendo uno de los mercantiles fáciles. Algunas ideas:
- No creo que en este tema se pida literalidad pero conviene no confundir las figuras de tomador, asegurado, asegurador y beneficiario. Es relativamente fácil tener algún lapsus durante la exposición y si las imprecisiones son continuas dará la sensación de que uno no entiende lo que está diciendo.
- Indico la mayoría de los artículos de los que tomo las ideas que se exponen; esto es útil para consultar la ley (que normalmente dice más cosas de las que digo yo) y para saber cómo afectan al tema las modificaciones que pueda haber en el futuro.
- Suele incluirse en la preparación del dictamen algún supuesto en el que el fallecido tenía un seguro de vida, por lo que las cuestiones de imputación, colación, reservas y todo eso tienen su gracia.
https://drive.google.com/file/d/0B8_L8PRVjRyEbllsWlpHUU5Kdm8/view?usp=sharing
Ánimo.
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